Resolución de la ACTC:
Art 54. Se dispone total prohibición a la detención total o parcial de vehículos en el territorio comprendido dentro de la pista ya sea por cuestiones de rotura o desperfectos técnicos... Salvo excepción Art. 55
Art. 55. Los vehículos que limitasen la marcha entorpeciendo el libre tránsito de los demás competidores deberán contar con una altura libre no inferior a los 15 centímetros, con un gancho bajo el bastidor del vehículo firmemente solidario al chasis para poder remolcarlo. Es altamente recomendable llevar una cuarta en el interior del vehículo.

Un abrazo!